El testamento vital es una herramienta jurídica que nos permite, de forma preventiva, decidir si queremos o no recibir determinados tratamientos médicos en la fase final de nuestra vida, siempre y cuando no podamos expresarlos nosotros mismos. También puede recoger nuestra postura a cerca de la donación de órganos, tejidos o del cuerpo.
Otro de los puntos importantes que podemos determinar en el testamento vital es la persona que va a servir de interlocutor con el equipo sanitario y realizar la toma de decisiones si fuese necesario.
Este documento recibe diferentes nombres, en el caso de Galicia se trata del Documento de Instrucciones Previas, y se puede realizar de tres maneras:
• Ante tres testigos mayores de edad y con plena capacidad de obrar, de las cuales dos, como mínimo, no podrán tener relación de parentesco hasta el según grado por consanguinidad o afinidad ni estar vinculadas por relación patrimonial con la persona otorgante.
• Ante notario.
• Ante el personal del Registro gallego de instrucciones previas o de las unidades habilitadas. Se quiere usted formalizar su documento ante este personal, debe pedir cita previa en el teléfono del Registro o de la unidad habilitada correspondiente. O dejamos el enlace para realizarlo por esta vía: https://www.sergas.es/Asistencia-sanitaria/Instruci%C3%B3ns-previas-Informaci%C3%B3n-para-o-cidad%C3%A1n?fbclid=IwAR342ALgdyO0M29pjY9SLq_OjTSGAvDH_h5TJLhEZJgCPUQ-PzGKI5y-X3g
Este documento se puede revocar o cambiar en cualquier momento, tanto por notario como dejando constancia por escrito en el Registro gallego de instrucciones previas